COLEGIO OFICIAL DE DENTISTAS DE CÁDIZ
NOTICIAS PROFESIONALES 2010

Página actualizada el 15-Nov-2010

02/11/2010. PUBLICACION EN PRENSA DEL COLEGIO DE PROTÉSICOS. En relación con el publirreportaje publicado en distintos diarios andaluces el pasado 29/10/2010 firmado por el Vicepresidente del Colegio Profesional de Protésicos Dentales de Andalucía, adjuntamos réplicas al mismo emitidas por el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Dentistas y el Consejo General de Dentistas de España.

29/10/2010. Puplirreportaje Protésicos Andalucía.

31/10/2010. Réplica Consejo Andaluz Dentistas (1).

03/11/2010. Réplica Consejo Andaluz Dentistas (2).

03/11/2010. Réplica. Nota Prensa Consejo General (1).

12/11/2010. Réplica. Nota Prensa Consejo General (2).

D. Ricardo de Lorenzo23/09/2010. MULTA DE 300.000 € POR ABANDONO DE HISTORIAS CLÍNICAS CONFIRMADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO. Recientemente se ha publicado Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo por la que se confirma la sanción impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos de 300.506,05 euros a una clínica por tirar historiales clínicos a la basura. El hecho que ha dado lugar a la imposición de esta multa y a su posterior confirmación tanto por la Audiencia Nacional como por el Tribunal Supremo fue la publicación en prensa del hallazgo en un contenedor de Sevilla de expedientes de pacientes que habían acudido a la consulta ginecológica de una Clínica. Al parecer estos historiales médicos, que contenían datos tales como el motivo de la consulta, antecedentes, alergias, medicación, resultado de la exploración física, juicio clínico y tratamiento, habrían sido depositados en la basura por un administrativo de la sociedad que presta en la Clínica los servicios ginecológicos. Esta conducta fue calificada por la Agencia como una vulneración del deber de guardar secreto sobre los datos de carácter personal al que hacen referencia el apartado 3 del artículo 7 de Ley Orgánica de Protección de Datos, entre los que se encuentra la información referente a la salud.

De esta Sentencia se deben extraer dos conclusiones. Por un lado, la importancia de las medidas de seguridad aplicables al soporte papel y por otro lado el deber de implicar a todos los trabajadores que tengan acceso a datos de carácter personal en las políticas de protección de datos que se adopten.

Como sabemos, desde abril de 2010 es obligatorio el cumplimiento de las medidas de seguridad en soporte papel exigidas para los ficheros de nivel alto, como los que contienen datos de salud, establecidas en el Real Decreto 1720/2007, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la LOPD. Sin embargo, el cumplimiento de estas medidas no puede limitarse al establecimiento de una serie de protocolos y de recursos, sino que se debe involucrar al personal que tenga acceso a los datos, ya sean profesionales sanitarios o de administración, incluyendo contabilidad, recepción, atención al paciente, etc. Se deben establecer políticas de formación para los empleados y procedimientos mediante los que puedan conocer cuáles son sus obligaciones y responsabilidades en protección de datos.
Uno de los aspectos que la sociedad condenada recurría era precisamente que la documentación fue depositada en un contenedor de la vía pública por un tercero, identificado por la propia sociedad como un administrativo, lo que, manifiesta la Sentencia, comporta la atribución de responsabilidad para la sociedad médica.

Es decir, cuando un trabajador incumple la normativa protección de datos, el responsable será la empresa para la que trabaje (como responsable del fichero), sin perjuicio de que posteriormente la sociedad pueda, en su caso, tomar las acciones legales correspondientes contra dicho trabajador. Por este motivo es importante concienciar a todos los trabajadores de las políticas adoptadas por sus empresas en esta materia, siendo asimismo, muy recomendable la contratación de un seguro que cubra los riesgos que las empresas deban soportar a pesar del cumplimiento de la normativa de protección de datos.

Por último, recordar que la normativa de protección de datos no debe cumplirla sólo el Hospital o el centro sanitario, sino también será exigible a las sociedades médicas que presten sus servicios dentro de un hospital o clínica, debiendo analizarse en este caso las relaciones creadas con los hospitales o clínicas en lo que respecta a la información de los pacientes.

Nota del Letrado D. Ricardo de Lorenzo, publicada en Redacción Médica, relativa a las sanciones que impone la Agencia Española de Protección de Datos por incumplimiento de las medidas de seguridad de ficheros en soporte papel que contengan información referente a la salud. (Formato PDF)

Dr. Manuel A. Villa Vigil21/05/2010. PRÓXIMO JUEVES 3 DE JUNIO, RECEPCIÓN DEL Dr. MANUEL ALFONSO VILLA VIGIL COMO ACADÉMICO DE MÉRITO DE LA REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGÍA DE CÁDIZ. Os invitamos y animamos a asistir a la Sesión Pública que tendrá lugar en el Salón de Grados de la Facultad de Medicina de Cádiz, el próximo Jueves 3 de Junio, a las 19.30 horas, en la que tendrá lugar la Recepción como Académico Correspondiente de Mérito de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Cádiz del Dr. Manuel Alfonso Villa Vigil, Presidente del Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España y Catedrático de Estomatología de la Universidad de Oviedo.

Su discurso de ingreso versará sobre "El Futuro de la Profesión de Dentista: un análisis D.A.F.O." y será presentado por el Dr. Ángel Rodríguez Brioso, Presidente del Colegio Oficial de Dentistas de Cádiz y también Académico Correspondiente de la docta corporación.

La distinción otorgada al Dr. Villa Vigil se sustenta en los relevantes méritos que concurren en su persona, así como por la entrega y defensa que viene haciendo durante estos años en pro de la odontología española. Su nombre se suma así al grupo de relevantes personalidades que integran la Real Academia de Medicina y Cirugía de Cádiz.

08/03/2010. EL COLEGIO FACILITARÁ GRATUITAMENTE LOS TALONARIOS Y CARTELES INFORMATIVOS DE HOJAS DE QUEJAS Y RECLAMACIONES. En Junio de 2008 te informábamos mediante circular de la publicación del DECRETO 72/2008, por el que se regulan las hojas de quejas y reclamaciones de las personas consumidoras y usuarias en Andalucía y las actuaciones administrativas relacionadas con ellas, que nos obliga -al no contemplar excepciones- a la tenencia y publicidad de disposición de las Hojas de Reclamaciones. Por todo ello y a efectos de facilitaros al máximo -una vez más- aspectos de nuestro ejercicio profesional como éste, a finales del pasado año mantuvimos algunas conversaciones con Dª. Angélica González Nieto, Jefa del Servicio Provincial de Consumo, acordando una fórmula conjunta entre ambos organismos para poder facilitaros a toda la colegiación el nuevo modelo de talonario de Hojas de Quejas y Reclamaciones (y correspondientes carteles informativos) ya obligatorios desde el pasado 27 de Junio de 2009 (Disposición transitoria única del Decreto 72/2008).

Mediante un impreso podrás solicitarnos (si eres titular o representante legal de una Clínica Dental) dicho Talonario y Cartel Informativo sin coste alguno para vosotros, ya que este Colegio Oficial se hará cargo de los talonarios y de su envío. Posteriormente informaremos al Servicio Provincial de Consumo de las clínicas a las que hayamos enviado dichos talonarios, para su preceptiva constancia y control.

Os informamos igualmente de la posibilidad de adheriros al sistema de hojas electrónicas de quejas y reclamaciones (que requerirá de firma digital por ambas partes: reclamante y reclamado). Encontrarás amplia información sobre este tema en la zona de nuestra página de internet: www.dentistascadiz.com → Para Profesionales → Tema 0010: HOJAS DE RECLAMACIONES.

05/03/2010. SE CREA EN ESPAÑA EL SISTEMA DEFENSOR DEL PACIENTE ODONTOLÓGICO, NUEVO SISTEMA DE MEDIACIÓN Y PERITAJE DEL CONSEJO GENERAL. El Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España ha presentado con esta fecha el nuevo Sistema Defensor del Paciente Odontológico. Creado e impulsado desde el Consejo General, es el primer mecanismo de mediación y peritaje que la Organización Colegial de Dentistas crea en España, y que actúa de forma independiente a la Organización.

Con este sistema, se dota a la sociedad de un órgano mediador, asesor, consultivo y de peritaje que podrá actuar en caso de posibles conflictos entre pacientes o usuarios de tratamientos buco-dentales y los profesionales que los realizan. Esto supone un avance dado que, hasta la fecha, no todos los Colegios profesionales de España prestaban servicios de mediación y peritaje por lo que acceder a este tipo de prestaciones podía constituir una de las mayores dificultades con las que se encontraba el paciente odontológico. Con la creación de este nuevo sistema, se garantiza al 100% de la población el acceso a un sistema de peritaje y mediación independiente y neutral.

La mediación del Sistema Defensor del Paciente Odontológico se llevará a cabo en aquellos casos de conflicto que se puedan generar por los servicios o tratamientos relacionados con la prevención, protección o la rehabilitación de la salud bucodental que se hayan dispensado en España por cualquier dentista colegiado en Colegios de Odontólogos y Estomatólogos o en un Colegio de Médicos.

Las actuaciones propias del Sistema Defensor son gratuitas y atenderá tanto las quejas y reclamaciones, como las sugerencias y observaciones que puedan ser planteadas por pacientes, dentistas (odontólogos y médicos estomatólogos), clínicas y los Colegio Profesionales de Odontólogos y Estomatólogos y los Colegios de Médicos.

No serán gratuitas las intervenciones externas de expertos ante los Juzgados o los Tribunales de Arbitraje. En ellas, los gastos correrán a cargo de las partes involucradas, aunque también podrán ser imputados al presupuesto del Sistema Defensor en los casos y en el modo que se determine en los Presupuestos Anuales. También tendrán coste, los testimonios del Sistema Defensor, las copias de las actas, o los informes facultativos para uso en juicio.

Además, el Sistema Defensor del Paciente Odontológico dará anualmente cuenta de sus actuaciones al Consejo General de Colegios de Odontólogos y Estomatólogos de España, lo que le permitirá a éste detectar las posibles deficiencias asistenciales que pudiera haber y, en tal caso, promover y adoptar las medidas necesarias para corregirlas.

Para poder llevar a cabo su principal cometido, el Sistema Defensor del Paciente Odontológico recabará documentos y materiales de prueba a las partes involucradas, y, si lo precisara, dictámenes técnicos de expertos y documentos facultativos de terceros. Con todo ello, redactará un informe y realizará las funciones de mediación procedentes. En caso de no llegar a un acuerdo, el Sistema Defensor entregará a cada una de las partes involucradas un informe final donde se recojan las conclusiones de la mediación. Estas conclusiones estarán emitidas con libertad, neutralidad, desinterés, autonomía e independencia y podrán ser utilizadas ante los Tribunales o en procesos judiciales o de arbitraje. Asimismo, se informará de los recursos legales que cada una de las partes puede utilizar para conseguir el fin inicial que pretendían.

Por otro lado, el Sistema Defensor del Paciente Odontológico deberá manifestarse también sobre otros casos que haya conocido a raíz de la gestión de los asuntos para los que se haya solicitado su intervención inicial.

En aquellos supuestos en los que haya pendiente una resolución judicial sobre un caso, atenderá sólo aquellas peticiones cuando las dos partes interesadas soliciten expresamente su mediación con el fin de alcanzar un acuerdo o compromiso para poner fin al proceso o evitar el inicio de otro nuevo. En ningún momento podrá perjudicar cualquier actuación legal que pudieran iniciar las partes involucradas. Tampoco podrá suspender los plazos necesarios para llevar a cabo otro tipo de acciones, ni interrumpirá en la prescripción de los derechos que puedan tener.

Este mecanismo de mediación y peritaje que ahora se pone en marcha, y cuya creación fue anterior a la recientemente aprobada Ley Ómnibus, responde a la obligación de contar con un servicio de atención de quejas de usuarios y colegiados, según recoge la citada Ley.

20/02/2010. CELEBRACIÓN EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA DEL DÍA DE LA PATRONA. El pasado Sábado 20 de Febrero celebramos la festividad de Santa Apolonia, congregando en el Hotel “Monasterio San Miguel” a numerosos profesionales que se desplazaron desde distintos puntos de nuestra provincia. Los actos comenzaron a las 13:00 horas con la celebración de la Santa Misa a la que siguió la entrega de Diplomas e Insignias a los nuevos colegiados y la distinción como Colegiado Honorífico de Mérito al Dr. Salvador Mora Moreira y de Honor e Insignia de Oro al Dr. Manuel Alfonso Villa Vigil, Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Dentistas de España, por el esfuerzo y reconocida labor que viene realizando en pro y defensa de la odontología española. El Dr. Villa Vigil posee un extenso curriculum a nivel profesional, académico e institucional que le ha hecho merecedor de numerosas distinciones a las que ahora se suma la otorgada como Colegiado de Honor de este Colegio Oficial. El Dr. Villa Vigil ha sido igualmente nombrado recientemente Académico de Mérito de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Cádiz.

A los actos asistieron además numerosos representantes de otros Colegios Oficiales e Instituciones, finalizando con un aperitivo y almuerzo de confraternidad que se prolongó hasta bien entrada la tarde, como colofón a una jornada que -un año más- sirvió no sólo para honrar a nuestra Patrona, sino también para estrechar lazos de convivencia, compañerismo y amistad.

(Archivo Gráfico)

22/01/2010. EL Dr. MANUEL ALFONSO VILLA VIGIL NOMBRADO ACADÉMICO DE MÉRITO DE LA REAL ACADEMIA DE MEDICINA Y CIRUGÍA CÁDIZ. El pasado 10 de Diciembre, vistos los relevantes méritos que concurren en su persona, así como la entrega y defensa que viene haciendo durante estos años en pro de la odontología española, la prestigiosa corporación optó por nombrar al Dr. Manuel Alfonso Villa Vigil (Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Dentistas de España) Académico Correspondiente de Mérito. Su nombre se suma así al grupo de relevantes personalidades que integran la docta corporación. Se dá la circunstancia de que el Profesor Villa Vigil recibirá el próximo 20 de Febrero en el que celebraremos la festividad de nuestra Patrona Santa Apolonia, el título de Colegiado de Honor.

22/01/2010. PUBLICADAS LAS BASES 2010 DE LOS PREMIOS DE LA REAL ACADEMIA. Adjuntamos Bases y Concurso de Premios de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Cádiz del año 2010. El Premio patrocinado por este Colegio Oficial aparece con el Nº11.

D. Manuel Mª Romero Ruiz (San Fernando) recibió el premio 2009 patrocinado por este Colegio Oficial el pasado 21 de Enero de manos de nuestro Presidente el Dr. Rodríguez Brioso durante el Acto de Apertura de Curso Académico de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Cádiz.

11/01/2010. RENOVACION DE AUTORIZACIONES DE FUNCIONAMIENTO DE NUESTRAS CLÍNICAS. Recordarás que en Mayo de 2008 te informamos mediante circular de la publicación del Decreto 69/2008 por el que se establecían los procedimientos de las Autorizaciones Sanitarias y se creaba el Registro Andaluz de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios. Como ya te indicábamos en dicha ocasión, una de las novedades de dicho Decreto era que las Autorizaciones de Funcionamiento había que renovarlas cada cinco años y que los centros con más de un año de antigüedad a su entrada en vigor (15/04/2008) tendrían un plazo de dos años para solicitar la primera renovación de la Autorización de Funcionamiento. Según esto, las clínicas con Autorización de Funcionamiento anterior al 15/04/2007 tienen de plazo hasta el 15/04/2010 para solicitar la primera renovación de la Autorización de Funcionamiento (las posteriores renovaciones serán ya cada cinco años, al igual que para los centros autorizados a partir del 15/04/2007).

Por ello, en coordinación con el Servicio de Planificación y Evaluación de Recursos de la Delegación de la Consejería de Salud de Cádiz, hemos confeccionado una GUÍA PRÁCTICA PARA SOLICITAR LA RENOVACIÓN DE AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE CLÍNICAS DENTALES (pdf) para facilitaros al máximo -una vez más- los pasos y documentación necesaria para tramitar en tiempo y forma las renovaciones y adaptaciones de nuestras clínicas a las nuevas Condiciones Generales y Específicas exigidas en este Decreto.

Esta guía tiene unas veinte páginas y se ha publicado en formato PDF. Lo ideal es consultarla en pantalla mientras se cumplimentan los impresos al mismo tiempo también a través de internet, tal y como se indica en la misma.

Esperamos haberos facilitado este tema los más eficazmente posible y quedamos a vuestra disposición para resolveros aquellos aspectos que no queden claros o no vengan recogidos en dicha guía, la cual iremos actualizando en base a vuestros comentarios y sugerencias.

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